La Alianza Evangélica de Guatemala, que, según sus palabras, “aglutina a 15,000 iglesias, a unos 25,000 pastores y a un conglomerado que se integra con un 40% de la población de Guatemala”, hizo una interesante presentación, desde el punto de vista teológico, de la propuesta de cambios parciales a la Constitución, denominada ProReforma, y la presentó ante la Comisión de Puntos Legislativos y Asuntos Constitucionales del Congreso de la República, en el pasado mes de agosto. Dada la importancia del asunto, hemos elegido este análisis, desde el punto de vista teológico, de ProReforma, como tópico de actualidad correspondiente al mes de septiembre.
PRESENTACIÓN DE ALIANZA EVANGÉLICA DE GUATEMALA A LA COMISIÓN DE PUNTOS LEGISLATIVOS Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES DEL CONGRESO
Señor Presidente de la Comisión de Puntos Legislativos y Asuntos Constitucionales, señores representantes miembros de la comisión, señoras y señores. Esta presentación está a cargo de la Alianza Evangélica de Guatemala. A nombre de dicha entidad saludamos este ejercicio democrático. Para el registro, está en el uso de la palabra Guillermo Waldemar Méndez López, en calidad de miembro de la Comisión Cívica Permanente de esta entidad. Me acompañan en la tribuna el presidente de la Alianza Evangélica de Guatemala, Lic. Darío Pérez y otros miembros de la Junta Directiva.
Nuestra entidad aglutina a 15,000 iglesias, a unos 25,000 pastores y a un conglomerado que compone un 40% de la población de Guatemala. Los Evangélicos ya no tenemos derecho a ser invisibles y francamente nos rehusamos a serlo. Estamos aquí porque hemos hecho trabajo social y nos identificamos con los más pobres de los pobres. Colegios, clínicas médicas, atención a viudas y huérfanos, son agrupaciones diversas que mitigan el dolor humano, causado por la falta de oportunidades y están comprendidas entre nuestras asociaciones e iglesias.
Nos hacemos presentes, preocupados por la pobreza y por la vulnerabilidad del ser humano, manifestando nuestro repudio a la corrupción, a la violencia y la pobreza que nos han caracterizado como sociedad. Nuestra presencia, pues, obedece a un llamado moral, a partir del infinito valor de la persona humana, un dato central, consignado en las Sagradas Escrituras. Y este es, precisamente, el punto de coincidencia con ProReforma. Creemos, como gente de fe, que no podemos ser indiferentes al sufrimiento del ser humano.
Tampoco podemos ser insensatos, cuando se dan oportunidades para reformar al Estado. Estamos convencidos que esta oportunidad de reforma, prudente y respetuosa del ser humano, quizá sea la única de ese talante que tengamos en los próximos 50 años. Es una oportunidad cuyos alcances son integrales para nuestra sociedad.
La aspiración de nuestros constituyentes al invocar a Dios en las páginas introductorias del texto constitucional no podría ser más loable. Pero estimamos que el dios del cual se habla en la Constitución Política de Guatemala no es el Dios de la tradición judeocristiana. No concebimos que el Dios de la Biblia se regodee en la pobreza, la violencia y la corrupción, que históricamente han acompañado a nuestras formas de gobierno. Que el Dios de nuestra fe se congratule del presidencialismo, esa filosofía de dudosa reputación jurídica, que constituye una de las grandes fuentes de relativización de la ley y por ende, de la moral.
I. Que apoyamos, ProReforma porque el ser humano no ha sido adecuadamente protegido por nuestra legislación. Aun cuando la retórica constitucionalista insiste en su protección y en sus derechos, en la realidad la persona humana está sujeta a los vaivenes de lo político, a los atropellos de la delincuencia y a las imprudencias de poderosos, sean políticos o mafiosos.
II. Apoyamos ProReforma, porque las otras formas de gestión política crean fueros especiales, estados de derecho, privilegios, a unos porque tienen el poder, a otros porque tienen el dinero y a otros porque no tienen ni una cosa ni la otra. En esa circunstancia, los hombres pierden la igualdad de todos ante Dios y la ley, condición original con la que fuimos investidos por el creador.
III. Cuando los hombres aceptan tales fueros y privilegios, ya no se interesan por respetar los derechos del otro. Porque los derechos de todos son relativos. Las personas no son iguales ante la ley en tanto están sujetas a ser promovidas por una disposición política, a ser afectadas en sus bienes o personas por una nueva ley, o a ser denostadas por algún fallo fundado en privilegios.
IV. Esta condición es un factor importante de destrucción de la ley y de las buenas costumbres. Cuando los derechos de todos son relativos, nos convertimos en infractores habituales de las normas y de esos derechos. No hay, entonces, tribunales ni fuerzas de seguridad suficientes, para controlar el desborde social producto de esa actitud. ¿No es acaso eso lo que estamos viviendo el día de hoy?
V. En la tradición judeocristiana, sostenida igual por católicos y protestantes, las personas aprenden responsabilidad cuando se atienen a las consecuencias de sus actos. Donde los fueros y privilegios que vienen de la ley han relativizado el derecho ajeno, eso ya no es posible. El Estado ha infectado a todos los habitantes de cierta insensibilidad jurídica, que equivale, ni más ni menos, que a la intromisión del Estado en el ámbito más sagrado del ser humano, el terreno de su conciencia, en el cual se ha depositado la infeliz semilla de la indiferencia moral frente al ser humano y sus derechos.
LA ALIANZA EVANGÉLICA DE GUATEMALA RAZONÓ TEOLÓGICAMENTE ESTOS HECHOS SOCIOPOLÍTICOS Y LLEGÓ A LA CONCLUSIÓN DE QUE EL ESTADO DE DERECHO, RECTAMENTE ENTENDIDO, ES EL ÚNICO ANTÍDOTO POSIBLE FRENTE A ESTAS CALAMIDADES. CONCLUIMOS, ADEMÁS, QUE ESO ES, PRECISAMENTE, LA QUINTAESENCIA DE PROREFORMA.
1. Cuando los constitucionalistas de nuestra carta magna deliberaron para convertir en artículo pétreo el Título II, Capítulo I, protegiendo al ser humano, y con él a la unidad familiar, a la prole, a los bienes, se hacían eco a una antigua enseñanza. Nos referimos nada más y nada menos que a la principal contribución política de la Biblia, que consiste en dejar asentado el infinito valor de la persona humana.
Hay dos resultados claros, que ha tomado la tradición política de Occidente de ese principio. Primero, que las reglas que gobiernan al ser humano no pueden ser casuísticas, generadoras de excepciones ni de privilegios. La segunda es que el infinito valor de la persona humana pone límites al gobernante. En la esfera teológica, los límites al gobernante se fundamentan: primero, en que el hombre fue creado a imagen y semejanza de Dios y nadie puede, ni siquiera en nombre de la ley, enseñorearse de él; segundo, protegiendo la vida humana; tercero, afirmando la igualdad de todos los hombres delante de Dios; cuarto, enseñando que, si Dios mismo ha dotado al hombre de libertad, aun de libertad para desobedecerle, ningún sistema o legislación puede conculcar esa libertad, la cual tiene como único límite, el respeto al derecho ajeno, a la moral y a Dios. Esta es, inequívocamente, la antigua tradición en la que se fundamenta el Capítulo I, del Título II de nuestra Constitución.
2. Pero hay otro dato, no menos teológico, en el que se sustenta todo el derecho. Es la falibilidad humana, la ambición de las personas, el abuso y el irrespeto que nos son propios como seres humanos. Sin ese dato, que la tradición católica y protestante llama pecado, no serían necesarios ni ley, ni gobierno, ni tribunales, ni policías.
El resultado de esa condición es más grave de lo que estamos dispuestos a aceptar. Toca no solo a gobernados, también a gobernantes. Produce no solo infracciones, también delitos violentos y crimen organizado. El efecto neto es pobreza y violencia, unidas al autoritarismo impredecible de los hombres. Confiar mucho poder en pocas manos, o creer que la sociedad es una empresa con fines específicos, son resultados de no entender el impacto de la doctrina del pecado sobre gobernantes y gobernados. ProReforma comparte esa visión más realista del ser humano.
Por eso, el Occidente cristiano y libre se preocupó menos de quién gobierna y más de cuánto gobierna. De ahí viene la tradición que consiste en recuperar de la Roma republicana el adecuado equilibrio de poderes, o separación de poderes. En Guatemala tenemos predilección por lo formal, por eso aceptamos todos estos conceptos, aun sabiendo que existen solo a nivel de teoría, son “solo para pasar el examen”, o “del diente al labio”, como reza el dicho popular. Entre el presidencialismo, el clientelismo y el autoritarismo, el casuismo acendrado de nuestra legislación, sus excepciones y sus privilegios, no hay equilibrio de poderes. Luego nos quejamos de que las oligarquías se coluden con los gobernantes. En Europa descubrieron hace siglos que, sin el freno puesto por el Estado de derecho, no hay república real, ni hay manera de ponerle límite a la intromisión de élites poderosas o mafiosas en el Gobierno.
3. Dos elementos extras resultan de la doctrina del pecado, que tienen que ver con nuestra idea de la ley y las instituciones. El primero es que la información de las apetencias y necesidades humanas está irremisiblemente dispersa en la sociedad. Cada vez que creemos tener control sobre la información total de algo en la vida pública, es sólo a costa de la irremediable ignorancia de las demandas totales de esa sociedad. Por eso, el Estado jamás puede resolver todas las necesidades humanas. Simplemente, porque no sabe cuáles son. Nuestro conocimiento es imperfecto.
La segunda implicación de la doctrina del pecado, que resulta en esta crisis universal del conocimiento social, es que las instituciones que mejor sirven al hombre no se pueden crear por diseño. Porque la sociedad no es una sociedad anónima, con fines específicos. Es una sociedad cuyos fines son tantos como personas y cabezas existen, en las que “cada cabeza es un mundo”.
Eso tiene grandes implicaciones para la ley. Porque entonces el papel verdadero de las normas en la sociedad consiste en generar libertad y responsabilidad, en tanto nadie dispone del conocimiento suficiente para garantizar la felicidad del ser humano. Repetimos: el país no puede administrarse como si fuera una empresa, en la que todos sabemos lo que el “cliente quiere”. Señores: no lo sabemos y la legislación no puede asumir semejante cosa. Esa idea es también otro de los fundamentos de ProReforma.
La razón acaso produce buenas normas para el derecho administrativo, pero no puede arrogarse la misma capacidad en el campo del derecho privado, cosa que, al asumirse, termina envileciendo los derechos de las personas. Por eso es cuestionable pensar que en materia de derecho privado “la razón del legislador produce buenas leyes”, como creía Rousseau.1 Es más, dijo Voltaire: si las queréis mejores, "entregad al fuego las existentes y promulgad otras nuevas" 2. Y Rousseau prácticamente deshizo la tradición, la moral y la costumbre, agregando taxativamente: “no existen otras leyes que las que los hombres quieran darse” 3. ProReforma integra a las normas constitucionales una visión más modesta del derecho.
4. Lo contrario de esta visión modesta e institucional del derecho es personalizar la esperanza, para depositar nuestras vidas en manos de un civil que se cree comandante, o en manos de un comandante que se cree civilizado, porque reorganiza y redistribuye los bienes, los servicios, la ropa y el pan, las empresas, que el jamás creo. Ese es un lindo sueño que viola el fundamento mismo de las dos disciplinas que deben preocupar al legislador: el derecho que protege al ser humano y la prudencia económica, en torno a recursos que son escasos.
Para empezar, no hay dinero que alcance para hacer eso. Los que sueñan con esa opción: primero, tienen un defecto moral, que consiste en optar por quitarles a otros antes que asumir la responsabilidad de crear empleo y salarios; segundo, creen que esa repartición alcanza para todos; tercero, cuando descubren que no alcanza, que la miseria no se puede repartir, que solo nos hemos cambiado el dinero de la bolsa derecha para pasarlo a la izquierda, y que igual es insuficiente, entonces se busca alguien a quien culpar de ese fracaso. Pero eso sucede cuando ya es muy tarde para la población, cuando ya se gobierna sobre una masa dócil de miserables, expropiados y amenazados por la policía del Estado.
Sin medios de comunicación, sin otras fuentes de trabajo, sin otros proveedores de ropa, de alimento, de educación, de salud más que el Estado ¿qué queda? La esclavitud o la búsqueda de la libertad en otro país, no habiendo podido defender la del propio. Así, la perdida de los derechos frente al Estado asegura que la tiranía sea duradera.
En esta visión, en donde no hay derechos firmes de la persona, no hay pecado, salvo el de oponerse al régimen. Sus líderes son ángeles y tienen conocimiento “perfecto”. Los derechos que los constituyentes quisieron proteger en el Capítulo II, Título I, pidiendo una Asamblea Constituyente, se pierden de facto en las manos omnipotentes del supuesto salvador. Si no hay derechos firmes para la persona, si no hay pecado, si el conocimiento del gobernante es perfecto, consecuentemente la ley se reduce a la voluntad informada del gobernante, con las excepciones, contradicciones y extravagancias que a él le convengan. ¿Y de la república?, con su equilibrio de poderes, ni hablar.
Estas son las alternativas a las que nos enfrentamos. Especialmente ustedes, señores representantes. Porque lo que está en juego son dos opciones muy claras y simples. A la gente que ha pensado poco sobre estos temas le gusta suponer que hay tercerismos políticos y económicos. Los tercerismos y vías intermedias son ejercicios intelectuales y nada más, debido a que toda la teoría sobre estos puntos ya está dada y se resume en esto: la riqueza que se quiere repartir hay que crearla primero; y no se crea con la misma legislación con que se reparte. La legislación "repartidora" jamás puede producir riqueza y es empobrecedora en el corto, mediano y largo plazo.
Señores representantes: O perfeccionamos instituciones y somos gobernados por reglas generales, abstractas y aplicables a todos; o continuamos en lo que hemos estado por 185 años, entregando poderes omnímodos a personas que se ofrecen como salvadores, hasta que uno de ellos decide saltarse toda legislación y todo derecho, con los ímpetus que andan sueltos, como ha sucedido en otros lados, para luego sujetarnos a sucesivas rondas de expropiación, de abuso y despotismo, en nombre de un bien común, que ni es bien ni nos es común.
Finalmente, no queremos terminar esta exposición sin aludir a las desinformadas, cuando no malintencionadas, opiniones, de los muchos actores que nos han antecedido. Variedad de rostros, pero un solo partido político tras muchos de ellos, y unas pocas Organizaciones No Gubernamentales, interesadas en financiamientos y privilegios: unas, para fines ecológicos; y otras, para hacer organización política entre grupos étnicos.
Ustedes han escuchado aquí una variedad de argumentos sobre Pro- Reforma. Para nosotros vale la pena repasar algunos de ellos, porque en nuestro caso no se trata de acuerpar asuntos políticos, ni de oponernos a posturas ideológicas. Para la Iglesia Evangélica, este es un asunto moral. Es el tema de la verdad lo que nos interesa y no sólo el de las esperanzas políticas. Estas esperanzas son un campo que no vamos a calificar, pero del que tampoco ignoramos sus contenidos, sus ofertas, sus métodos y sus aspiraciones.
Nuestra opinión sobre las posturas adversas a ProReforma no busca presentarnos como paladines de una causa política. Si eso fuera ProReforma, pueden estar seguros de que no estaríamos aquí. Ideología, dicen algunos. Para algunos, la ideología se ocupa de ordenar las ideas para conseguir ciertos fines: por ejemplo, el poder; para otros, la ideología consiste en enmascarar el poder ya obtenido. Ni lo uno ni lo otro tienen algo que ver con nuestra presencia en este lugar, ni siquiera con el proyecto de ProReforma. Esta propuesta de reforma invita a todos los guatemaltecos a someternos a principios que regulen la vida, sin que se favorezca a unos a expensas de otros.
Pasemos, pues, a la verdad de esas cosas que ustedes han escuchado aquí. Por ejemplo: que ProReforma es la reforma “para los ricos”. Se dice esto sin probar, con el texto de la reforma en la mano, cómo es que sólo los ricos se beneficiarán de ella. ¿Se hicieron los ricos un Estado a la medida en 1871? Deberían probar, quienes lo afirman, que aquellos políticos de entonces tenían en mente a los pobres de su día, y optaron por un gobierno que fracasara excluyendo a las mayorías.
Seamos honestos: esta misma acusación se podría estar haciendo en 80 años en contra de algunos de ustedes, firmantes de la Constitución de 1985. Lo que no pueden probar estas afirmaciones es que las constituyentes pasadas (¿por qué hablar solo de la 1871?) deliberadamente decidieran excluir a los pobres de su modelo de país. No pueden probar que aquellos hayan tenido en mente construirse en un Gobierno que fracasara, excluyendo a las mayorías. De hecho, un modelo político sobrevive siendo incluyente. Excluir es, en política, una insensatez.
Los que forjaron el constitucionalismo del siglo XIX y XX, en Guatemala, optaron por constituir una monarquía presidencial, como la que tenemos hoy. La misma que promueven los críticos de ProReforma. Este modelo, que entrega poderes discrecionales a un hombre y a su élite, es enemigo del Estado de derecho, ergo enemigo del desarrollo y gran promotor involuntario de la pobreza.
Esta “coincidencia”, en la que se reúnen los críticos de ProReforma para optar por un gobierno de hombres, en donde las normas están al servicio del gobernante y no de la persona, es la antítesis de la propuesta de ProReforma. Es en esta postura en la que resulta fácil auscultar un fondo ideológico. ProReforma, en cambio, propone un gobierno de normas en el que los gobernantes estén atenidos a las mismas normas que el resto de la población.
La pobreza no es producto de una clase económica dominante, sino de una postura intelectual dominante, que prefiere el gobierno de un caudillo, de potestades discrecionales, sin un ajustado equilibrio de poderes republicanos. Se prefiere esto, para ver si de ahí surge “el hombre”, “el redentor”, que nos salve de la pobreza. Se ponen de lado leyes e instituciones, para personalizar la esperanza. Y en ese acto de fe en el caudillo, qué duda cabe, de buena voluntad, se cuela con el hombre todo aquello que distorsiona la gestión pública, la ley, la justicia y el respeto a la persona humana. Eso es lo que hemos tenido hasta ahora y eso es lo que muchos defienden, oponiéndose a ProReforma.
También dicen que “excluye a los indígenas”. Según esto, no tocar la legislación vigente sobre los pueblos indígenas es excluirlos. Lo mismo dicen quienes usan de trampolín la ecología para oponerse por consigna a la propuesta, no habiendo oído nunca que se trata de una reforma parcial. ¿Será eso lógico, señores representantes?
Otros dicen que “el senado tiene mucho poder”. ¿Y cómo, si no tiene funciones administrativas? Las funciones administrativas, y con ellas mayor poder, están en manos de la cámara de diputados. ¿Será poder político? ¿Y cómo, si lo que hace es más de carácter deliberativo que ejecutivo? Su único papel es velar porque ni actos políticos ni decretos legislativos violen el derecho de ustedes como personas. ¿Será acaso el resquemor producto del nombramiento de funcionarios? Pero si lo hace con comisiones de postulación, en donde “uno parte y el otro escoge”. ¿Será porque puede conocer sobre tratados internacionales? Lo hace sólo como medida de protección, cuando dichos tratados puedan interferir en el derecho privado.
Otros dicen que ProReforma “no garantiza los derechos concretos”. Preguntamos: ¿Acaso los detractores de ProReforma pueden probar que en 185 años se han garantizado los derechos concretos en Guatemala? Pero lo más importante, si hay empleo y salarios, ¿no es mejor que atenerse a los derechos sociales, que son programáticos según el Derecho Internacional? Programáticos significa que, si hay dinero, se observan. En Guatemala nunca ha habido suficiente dinero; entonces, no se observan: 80 % de la población no tributa, porque no tiene; 15% es la clase media, que tributa poco; y el 5% restante no alcanza o es insuficiente para convertir, con esos ingresos, a Guatemala en un país del primer mundo. Esto es muy importante, porque rechazamos una propuesta que se plantea para crear empleo y mejorar salarios que cada quien pueda ganar, y preferimos arrojarnos al regazo incierto del Estado, que por 185 años no ha podido cumplir con esos derechos que llaman “concretos”.
Dicen que “se rompe la fraternidad entre guatemaltecos, y que ese rompimiento lo ocasiona el dictum de ProReforma, según el cual el derecho individual priva sobre el interés general”. Si eso es cierto, ya el Capítulo II, Título I, que consigna precisamente ese principio en nuestra Constitución, pulveriza esa fraternidad.
Otros dicen que “los tratados de derechos humanos quedan debajo de la Constitución”. ProReforma respeta en su propuesta la legislación y los precedentes que en ese aspecto se han dado. Pero aquí hay de nuevo una observación importante: si los poderes se someten a la ley, ¿necesitamos una ley superior para protegernos? Esa ley superior desde afuera, ¿no suena al neoliberalismo, que endosa el desarrollo a los países a los que lastimeramente les extendemos la mano?
Otros dicen que “es discriminatoria por la edad de los senadores”, confundiendo derechos civiles (inconculcables) con derechos políticos, comúnmente observados según la edad. Dicen que “edades para los cargos inhiben el sufragio universal”, confundiendo elegir con ser electos. Parece que, para evitar estas molestas edades de los derechos políticos, TODOS deberían elegir y ser electos. ¿Será que solo así podemos honrar el sufragio universal? En la mal lograda lógica de los críticos de ProReforma, “expertos” algunos de ellos, esa parece ser la conclusión. Es cierto que dieciocho años, treinta años o cincuenta años son todas edades arbitrarias. Lo que no dicen es que todos los guatemaltecos, sin discriminación, podrán hacer uso de sus derechos políticos, cuando tengan la edad que para ejercerlos se estipule.
Otros dicen que “es un paquete que no se discute”, pero si se trata de la propuesta de una asociación, que luego se vota en consulta popular, ¿habrá deliberación más amplia que esa? Es el mismo argumento que se usó, y no prevaleció, en contra de los Acuerdos de Paz. La diferencia es que aquellos involucraban como actor principal: el Estado. En esta propuesta el Estado es, por decirlo así, invitado por la asociación ProReforma y luego toda la población es consultada sobre la propuesta de una asociación o grupo de ciudadanos. Ese es el espíritu del artículo 277 de nuestra carta magna.
Dicen otros que “su campaña es demagógica, porque ofrece terminar con la pobreza y la violencia”. ¿Acaso no ha sido históricamente probado que el Estado de derecho da certeza del castigo y anida el desarrollo? Pero, insistimos, Estado de derecho no es lo mismo que Estado de legalidad. En el estado de legalidad hay profusa emisión legislativa; en el Estado de derecho hay efectiva coordinación interinstitucional, para proteger al ser humano. De eso trata ProReforma.
Otros dicen que “es para mantener privilegios de grupos empresariales”. ¿Y cómo será eso posible, si, de aceptarse la propuesta, será la primera Constitución que diga, explícitamente, que es inconstitucional dar privilegios a persona natural o jurídica alguna? Esto se redactó así, precisamente, para hacer explícito que la igualdad que está expresada en el artículo 4 de la carta magna no convierta la ley en una carrera de privilegios, unos enderezados a corregir asimetrías y otros enderezados a profundizarlas.
Otros dicen que “subvierte la independencia de poderes”. ¿Cómo? ¿Acaso no los coordina eficientemente, sin separar ni confundir sus competencias? Para otros, que “los jueces sean vitalicios no garantiza la justicia”, pero esa observación selectiva peca de maliciosa, porque el argumento es otro. El carácter vitalicio es parte del concepto de independencia de jueces y magistrados, factor que en otros contextos ha sido garante del Estado de derecho. Otros dicen que “si la Corte Suprema de Justicia elige al Fiscal General, se confunde juzgar con investigar”, olvidando el carácter simbiótico de ciertas figuras, como el Procurador General, como el Ministerio Público. ¿Juzgan o investigan? Lo elige la Corte Suprema de Justicia, porque se espera que trabaje en consonancia con ella. ¿Acaso se prefiere que al Fiscal lo nombre el Presidente, para que se investigue sólo de la familia presidencial para abajo y del Ejecutivo para afuera? Así no hay Estado de derecho. ¡Que viva el Estado de cohecho!
Es positivo que muchos hayan leído la propuesta, pero es lamentable que no le vean una sola cosa buena. Este es un factor importante en estas audiencias. No poder decir una sola cosa buena significa que no se trata de evaluaciones razonadas y ponderadas. Se ha venido, señores representantes, a hablar por consigna. Y eso hay que desenmascararlo hoy, por la verdad, por la justicia y por los pobres de Guatemala, a los que el Estado no podrá sostener.
Esta repetición de los mismos argumentos, originados en consignas ideológicas, sugiere que, la violencia, pobreza y corrupción que tenemos deben preservarse a toda costa. ProReforma, en cambio, cree en perfeccionar instituciones que protejan al ser humano, en vez de dar ese poder a caudillos que terminan esclavizando al pueblo. Las normas claras y estables que piden los economistas, de todas las escuelas de pensamiento, jamás se darán en donde no se protege al ser humano. Creemos que proteger al ser humano produce las reglas claras que para los economistas atraen la inversión, generan empleo y crean riqueza, que se distribuye por medio de mejores salarios. Para nosotros, y en nombre de millones de pobres que sufren en Guatemala, el único riesgo real que existe es ¡que lo logremos!
1.“El
legislador es el mecánico que inventa la máquina; el príncipe, quien la monta y
la pone en marcha”. J.J. Rousseau, El contrato social. (Valladolid;
2008), Editorial Maxtor. Págs 216ss. Libro II, el capítulo 7 “De el legislador”.
“Inventar” es, por supuesto, diseñar y crear leyes e instituciones según la
razón. La figura con la que expresa la relación entre el príncipe y la maquina,
la ley que aquel cabalga, es muy desafortunada, ¡pero ciertísima!
2.
Voltaire, Diccionario Filosófico “ley”. Obras completas de Voltaire.
Tomo XVIII
3.
R. A. Palmer, The Age of Democratic Revolution, (Princeton; 1964) Vol.
I. Pág. 114